Trata de Personas: Violencia de Género como Actividad Ilícita del Crimen Organizado

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Este 30 de julio, se conmemoró el día internacional contra la trata de personas, que según, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el crimen, (UNODC), en su reporte del año 2020, menciona que “la trata de personas en el mundo sigue afectando principalmente a mujeres y niñas, siendo identificadas como victimas un 65 % del total”. Es decir, son las mujeres en su gran mayoría víctimas del crimen organizado (CO) que ven en su situación de vulnerabilidad, psicológica, social, económica y/o política, una forma de lucrarse.

El CO,  se sustenta en el sistema patriarcal, por tanto, las relaciones se basan en un abuso de poder, de coacción, de explotación, de daño psicológico, social, cultural, en que la víctima no tiene poder de decisión, no consiente voluntariamente, sino que se le esclaviza, se le retienen sus documentos de identidad, se les exige pagos por su manutención, atribuyéndoseles deudas laborales, siendo un contexto de sometimiento y que transgrede los derechos humanos indicados en tratados y convenciones internacionales.

Es decir, el CO se vincula con su entorno desde y por la violencia, la cual puede ser estructural, directa o indirecta, cuya construcción en lo social de lo femenino y lo masculino, se fundamenta desde el privilegio masculino, en que la mujer tiene la condición de ser un objeto de compraventa en que terceros asumen el rol de vendedor y comprador. Lo anterior, se produce en razón a que el CO le asigna roles diferenciados y jerarquizados a hombres y mujeres, exaltándose los valores supuestamente masculinos, sumándose la imposición del poder por medio de la violencia.

Lo anterior, se produce cuando el CO capta a mujeres que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social y de privación sociocultural, que por medio del engaño o la fuerza son captadas y trasladadas a otros lugares, transformándose en víctimas de trata.

En conclusión, la mujer es para el crimen organizado una fuente inagotable de beneficios económicos, mientras exista demanda, existirá la oferta, para distintos fines explotación sexual, pornografía, explotación laboral y servidumbre.

Por último, mencionar que la inmigración no siempre tiene un fundamento de voluntariedad, sino también, puede ser forzada, como es el caso de la “trata de personas”, lo que conlleva a que muchas mujeres, luego de haber cruzado la frontera del país de destino, se mantengan bajo sometimiento e invisibles a la sociedad por un tiempo prolongado.

R.·.L.·. KIMSAWARMI N°29

VALLE DE IQUIQUE