Una Muerte Digna, concepción Axiológica

0
1447

El 24 de agosto recién pasado se presentó en la casa masónica de Gran Logia Femenina de Chile la charla “Muerta Digna, concepción Axiológica”, dictada por el médico Gabriel Zamora Salinas.

La reunión, convocada por la Venerable Maestra de la Respetable Logia Egrégora Nº38 de Santiago, Ester López Vergara, contó con una concurrida asistencia de integrantes de diferentes Logias de la Obediencia y visitantes, y con la presencia de la Ex Venerable Maestra de Gran Logia Femenina de Chile, Oriana Valdés.

El doctor Gabriel Zamora pertenece a la Respetable Logia Abnegación Nº48 de Viña del Mar, es Director Nacional Subrogante del Servicio Médico Legal, Médico Cirujano de la Universidad de Chile, con especialidad en Cirugía Traumatológica Pediátrica, Salud Pública y Legista en Tanatología. Se ha desempeñado como Subdirector Médico del Servicio de Salud de Viña del Mar – Quillota y como Director del Hospital Gustavo Fricke.

Su interesante exposición planteó una visión histórica, una perspectiva desde el ámbito de la salud pública y una mirada valórica del tema. La óptica respecto al concepto de ortotanasia o muerte digna ha ido cambiando en la medida que el mundo ha ido cambiando. Así mismo la forma de ver la muerte varía de una cultura a otra.

Con el surgimiento de la bioética, disciplina que integra la biología, la ecología, la medicina y los valores humanos, se cuestiona y redefine la forma de la relación médico paciente. Dentro de la cultura de respeto a los derechos de las personas se concibe como legítimo el derecho de toda persona a decidir sobre las intervenciones que se realizan en su cuerpo, sobre el proceso de salud y enfermedad.

Dentro de este marco, eutanasia significa la buena muerte, y es un concepto que se conoce desde la época del emperador Augusto; es el acto médico para lograr el acto de morir pacíficamente y hoy en día es tema de discusión en nuestro país.

En Chile la Ley 20.584 dice que toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud. Este derecho debe ser ejercido en forma libre, voluntaria, expresa e informada.